250, 400 o 600 euros: la cuantía según la distancia del vuelo

Actualizado: 2026-08-28

Es la primera pregunta que se hace cualquiera cuando descubre que puede reclamar: ¿250, 400 o 600? La respuesta no depende de las horas que esperaste, ni de lo que te costó el billete, ni de si viajabas en turista o en business. Depende de una sola variable —la distancia— y de una regla algo tramposa que separa los vuelos dentro de la UE de los que salen de ella.

Aquí está el cálculo completo, los casos frontera donde la mayoría se equivoca y la única rebaja que la ley permite a la aerolínea.

Resumen rápido: 250 € hasta 1.500 km · 400 € en vuelos de más de 1.500 km dentro de la UE y en los extracomunitarios de 1.500 a 3.500 km · 600 € en los extracomunitarios de más de 3.500 km. La distancia se mide en línea recta entre el aeropuerto de origen y el de destino final, ignorando las escalas. Es por pasajero y no depende del precio del billete.

La tabla, con el matiz que casi todo el mundo se salta

Tramo Indemnización
Vuelos de hasta 1.500 km 250 €
Vuelos de más de 1.500 km dentro de la UE 400 €
Vuelos extracomunitarios de 1.500 a 3.500 km 400 €
Vuelos extracomunitarios de más de 3.500 km 600 €

El matiz está en la segunda fila: dentro de la Unión Europea nunca se llega a los 600 €, por larga que sea la ruta. Un Madrid–Helsinki son unos 2.950 km y paga 400 €. Pero es que un Canarias–Helsinki, que se va bastante más allá de los 3.500 km, también paga 400 €, porque sigue siendo un vuelo intracomunitario. Los 600 € están reservados a los vuelos largos que salen de la UE o entran en ella.

A efectos del reglamento, el ámbito "UE" incluye además a Islandia, Noruega y Suiza, y a las regiones ultraperiféricas como Canarias, Baleares, Madeira o Azores.

Rutas habituales desde España, con su cuantía

Cifras aproximadas de distancia ortodrómica, redondeadas:

Ruta Distancia aprox. Indemnización
Madrid–Barcelona ~500 km 250 €
Madrid–Palma de Mallorca ~550 km 250 €
Madrid–Las Palmas ~1.780 km 400 € (intra-UE)
Madrid–Londres ~1.250 km 250 €
Barcelona–París ~830 km 250 €
Madrid–Roma ~1.360 km 250 €
Madrid–Berlín ~1.870 km 400 € (intra-UE)
Madrid–Helsinki ~2.950 km 400 € (intra-UE)
Madrid–Estambul ~2.730 km 400 € (extra-UE)
Madrid–Marrakech ~800 km 250 €
Madrid–Nueva York ~5.760 km 600 €
Madrid–Bogotá ~8.030 km 600 €
Barcelona–Buenos Aires ~10.400 km 600 €
Madrid–Tokio ~10.780 km 600 €

Son órdenes de magnitud para orientarte; para tu vuelo concreto, la calculadora de indemnización usa las coordenadas reales de los aeropuertos y aplica la regla intra-UE automáticamente.

Cómo se mide la distancia (y por qué tu resultado puede no cuadrar)

Tres reglas que explican casi todas las discrepancias:

1. Se mide en línea recta, no por la ruta volada. El reglamento habla del método de la ruta ortodrómica: la distancia más corta sobre la esfera terrestre entre ambos puntos. Si tu avión dio un rodeo por el tiempo o por el espacio aéreo, esos kilómetros extra no cuentan.

2. Se mide entre aeropuertos, no entre ciudades. Parece un detalle irrelevante hasta que tu vuelo cae cerca de un umbral. Aeropuertos como París-Beauvais, Milán-Bérgamo o Fráncfort-Hahn están a considerable distancia de la ciudad cuyo nombre llevan, y esa diferencia puede mover el resultado por encima o por debajo de los 1.500 km.

3. En vuelos con escala, cuenta el origen inicial y el destino final. No se suman los tramos. Un Bilbao–Nueva York vía Madrid se calcula como Bilbao–Nueva York en línea recta, no como Bilbao–Madrid más Madrid–Nueva York. La condición es que todo vaya en la misma reserva: si compraste los tramos por separado, cada billete es un contrato distinto y se evalúa por su cuenta.

Si tu vuelo se queda a menos de un 5 % de un umbral (por ejemplo, algo por encima o por debajo de 1.500 km), merece la pena calcular la distancia con precisión antes de reclamar: pedir 250 € cuando te corresponden 400 € es un error que la aerolínea no te va a corregir.

La única rebaja legal: la reducción del 50 %

El artículo 7.2 del reglamento permite a la aerolínea pagar la mitad si te ofreció un transporte alternativo con el que llegaste a tu destino final dentro de estos márgenes sobre la hora originalmente prevista:

Distancia del vuelo Reducción si llegas con menos de Se paga
Hasta 1.500 km 2 horas de retraso 125 €
Más de 1.500 km intra-UE, y 1.500–3.500 km 3 horas 200 €
Más de 3.500 km 4 horas 300 €

En la práctica, esta reducción es relevante sobre todo en cancelaciones y overbooking, donde te reubican rápido. En un retraso puro tiene menos recorrido: si llegas con menos de 3 horas de retraso, normalmente no hay indemnización que reducir. El caso que sí aparece con frecuencia es el vuelo de largo radio en el que la reubicación te deja entre 3 y 4 horas tarde: ahí la aerolínea puede pagar 300 € en lugar de 600 €, y está en su derecho.

Lo que no es legal: ofrecerte 150 € "de buena voluntad" en un vuelo de 2.000 km intra-UE con 5 horas de retraso. Eso no es la reducción del artículo 7.2, es una oferta a la baja. Puedes rechazarla y seguir reclamando la cuantía completa; aceptarla suele implicar cerrar el expediente.

Errores de cálculo que salen caros

  • Aplicar los 600 € a un vuelo intra-UE largo. El error más común. Dentro de la UE el techo son 400 €, y reclamar 600 € da a la aerolínea una excusa fácil para rechazar la reclamación entera en lugar de corregirla.
  • Sumar los tramos de una escala. Infla la distancia y produce la misma consecuencia.
  • Multiplicar por las horas de retraso. La cuantía es fija una vez superado el umbral de tres horas. No hay 250 € "por cada tres horas".
  • Reclamar una sola indemnización para toda la familia. Es por pasajero: cuatro billetes, cuatro reclamaciones (normalmente un expediente por persona, aunque se presenten juntas).
  • Restar los gastos de comida o el hotel. La asistencia es un derecho distinto y acumulable, no un anticipo de la indemnización. Está detallada en el derecho de asistencia.
  • Descontar impuestos. La indemnización del 261/2004 es una compensación tasada; la aerolínea no puede aplicarle retenciones ni comisiones de transferencia.

Un billete de 19 € y una indemnización de 250 €

Merece la pena insistir porque es la objeción que más se escucha en los mostradores: la indemnización no guarda relación con el precio del billete. No es una devolución, es una compensación tasada por el tiempo perdido, y el legislador europeo la fijó a propósito por encima del precio de muchos billetes de bajo coste. Que hayas pagado 19,99 € no reduce en nada tus 250 €, igual que pagar 500 € no los aumenta.

Tampoco importa la clase: business y turista cobran lo mismo. Ni la tarifa: promocional, flexible o comprada con puntos, el derecho es idéntico siempre que el billete sea de un vuelo comercial y no una plaza gratuita fuera de programas de fidelización disponibles al público.

Qué hacer con tu cifra

Una vez sabes cuánto te corresponde, esa cantidad exacta es la que debe aparecer en tu reclamación —con la distancia y el tramo que la justifican—. Escribir "solicito la indemnización que proceda" es la forma más rápida de recibir una oferta de 100 € en un vale.

  1. Confirma que superas el umbral de 3 horas a la llegada, o que se trata de una cancelación indemnizable.
  2. Calcula la distancia entre aeropuertos y localiza tu tramo en la tabla de arriba.
  3. Comprueba que no hay una circunstancia extraordinaria acreditada; el mapa de qué cuenta y qué no está en circunstancias extraordinarias.
  4. Reclama con la cifra concreta, siguiendo la guía paso a paso o el método general por aerolínea.

Siguiente paso: deja que la calculadora de indemnización haga el cálculo con la distancia real de tu ruta y te diga tu cifra exacta.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿La indemnización depende de lo que pagué por el billete?

No. El Reglamento CE 261/2004 fija cuantías fijas según la distancia del vuelo, con independencia del precio pagado, de la clase y del tipo de tarifa. Un billete promocional de 20 € en un vuelo de 1.200 km con 3 horas de retraso da los mismos 250 € que un billete flexible de 400 €.

En un vuelo con escala, ¿qué distancia se usa?

La distancia en línea recta entre el aeropuerto de salida inicial y el de destino final, ignorando los kilómetros adicionales de la escala. Un Madrid–Buenos Aires vía São Paulo se calcula como Madrid–Buenos Aires. Esto solo aplica si todos los tramos van en una misma reserva.

¿Cómo se mide la distancia exactamente?

Por el método de la ruta ortodrómica: la distancia más corta sobre la superficie terrestre entre las coordenadas de ambos aeropuertos, no la ruta real que voló el avión ni la distancia entre ciudades. Por eso conviene calcularla entre códigos de aeropuerto y no entre nombres de ciudad.

¿Cuándo pueden pagarme solo la mitad?

El artículo 7.2 permite reducir la indemnización un 50 % si la aerolínea te ofreció un transporte alternativo cuya hora de llegada no superara la prevista en más de 2 horas (vuelos de hasta 1.500 km), 3 horas (más de 1.500 km intra-UE y de 1.500 a 3.500 km) o 4 horas (más de 3.500 km). Fuera de esos supuestos, cualquier recorte es una oferta a la baja.

¿La indemnización es por reserva o por pasajero?

Por pasajero. Cada persona con billete tiene derecho a su propia indemnización, incluidos los menores que ocupan asiento. Una familia de cuatro en un vuelo de más de 3.500 km puede reclamar 2.400 € en total, aunque todos viajaran en la misma reserva.